Con el surgimiento de la pandemia de COVID-19 a finales del 2019, se incrementó la demanda en todo el mundo de productos enfocados a la protección respiratoria. Al respecto, existen diversos productos con características particulares que permiten ser utilizados para propósitos específicos; entre los más comúnmente conocidos y usados en la actualidad, se encuentran básicamente cuatro tipos, éstos son: los respiradores denominados N95, las mascarillas quirúrgicas o de uso médico, los cubrebocas, y recientemente los llamados KN95.

La capacidad de filtrado de partículas de los productos en mención es muy variable, dependiendo del diseño, materiales y tecnología empleados, aunque los dos respiradores que normalmente se orientan a filtrar el 95% o más de este tipo de contaminante, cuando son usados correctamente, son los conocidos como N95 y KN95, de ahí su denominación.

Además, estos dos respiradores suelen tener un diseño anatómico y accesorios como la pinza nasal, enfocados a obtener un mejor ajuste y sellado del protector al rostro del usuario, con lo cual se logra forzar a que el aire contaminado pase a través el material filtrante del respirador, característica que generalmente no tienen los otros productos como las mascarillas quirúrgicas y los cubrebocas, pues en éstos se presentan espacios considerables entre el protector y el rostro, que permiten el ingreso del contaminante a la zona de respiración del usuario.

Los respiradores purificadores de aire de presión negativa contra partículas se designan de acuerdo con su tipo y nivel de eficiencia de filtrado, en apego a lo que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-116-STPS-2009, Seguridad-Equipo de protección personal - Respiradores purificadores de aire de presión negativa contra partículas nocivas - Especificaciones y métodos de prueba. De acuerdo con esta Norma, los filtros de los respiradores certificados y marcados como: N 100, R 100 y P 100, cumplen con un nivel mínimo de eficiencia del 99.97 por ciento; los filtros N 95, R 95 y P 95 con una eficiencia mínima del 95 por ciento, y los filtros N 90, R 90 y P 90, con un nivel mínimo del 90 por ciento. La designación “N”, significa que el producto debe usarse en lugares donde no existan aerosoles de aceite, los “R” están diseñados para retener partículas con base aceite, limitados a un uso máximo de ocho horas, y los “P” para retener partículas con base aceite, sin tener limitantes de tiempo de uso, más que los indicados por saturación del filtro.

Cabe mencionar que las mascarillas quirúrgicas y los cubrebocas están orientados básicamente a proporcionar sólo lo que se conoce como control de fuente, lo cual se refiere a que cubren la boca y la nariz del usuario, para reducir la propagación de secreciones respiratorias y aerosoles cuando éste respira, habla, estornuda o tose, pero no se consideran dispositivos de protección, por la razón antes mencionada del ajuste deficiente; aunque, en el caso de las mascarillas quirúrgicas o de uso médico, se destaca también que se les emplea como barrera para ayudar a proteger al usuario contra corrientes de líquidos a alta velocidad, como la sangre u otros fluidos, a las que pueden estar expuestos los usuarios durante ciertos procedimientos médicos.

Por lo tanto, estos últimos dispositivos de protección se emplean principalmente en lugares y/o actividades en los que se requiere disminuir el riesgo de transmisión de agentes infecciosos del usuario hacia otras personas (como en el caso del personal de quirófanos), o bien, hacia un entorno en el que debe evitarse este tipo de contaminación, como los sitios que requieren condiciones de inocuidad para la elaboración de productos de consumo humano, incluyendo el grado alimenticio. Sin embargo, este tipo de dispositivos en general, no deben emplearse como sustitutos de los diseñados y certificados para brindar protección respiratoria en ambientes industriales, u otros en los que el usuario está expuesto a contaminantes del ambiente laboral; ello debido principalmente al alto riesgo de ingreso del contaminante a la zona de respiración de los usuarios, provocado por el deficiente ajuste al rostro de éstos, antes comentado. Adicionalmente, es común también que estos dispositivos no cumplan con los requerimientos mínimos de eficiencia de filtrado que se establecen en la NOM-116-STPS-2009, debido a que muchos de estos productos se están fabricando de telas textiles comunes, cuyos materiales frecuentemente no están diseñados ni probados respecto a su capacidad para retener partículas finas. No se omite mencionar que actualmente se encuentra en desarrollo un Anteproyecto de Estándar Técnico, que establecerá una serie de requisitos con que deberán cumplir los cubrebocas, y que llevará por título Seguridad - Cubrebocas quirúrgicos – Especificaciones y Métodos de prueba.

Por otra parte, algunos de los respiradores KN95, sí han obtenido la certificación de cumplimiento con la citada NOM-116-STPS-2009, lo cual implica que tienen una eficiencia de filtrado de partículas del 95% o mayor, determinada mediante los métodos de prueba que establece la Norma en mención, aunque recientemente, algunas agencias extranjeras han opinado que su capacidad de sellado facial no es suficientemente efectivo, lo cual podría deberse a que sus bandas de sujeción se retienen en la zona de la oreja del usuario, en vez de la parte posterior de la cabeza y la nuca, como en el caso de los respiradores N95.

Por esta razón, es importante que en todo centro de trabajo en el que se requiera el uso de dispositivos de protección respiratoria, se defina la forma como va a comprobarse el correcto sellado de éstos en cada uno de los trabajadores usuarios. En ese sentido, la Norma NOM-010-STPS-2014 Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral-Reconocimiento, evaluación y control, establece que, dentro de las medidas administrativas de control que deberán adoptarse para evitar exponer al personal a concentraciones superiores a los valores límite de exposición, debe contemplarse un programa de protección respiratoria que contenga, entre otros aspectos, el procedimiento de revisión de ajuste y prueba de hermeticidad de los respiradores.

Es oportuno mencionar que, respecto de las pruebas de ajuste y hermeticidad, la Norma Mexicana NMX-S-054-SCFI-2013 Seguridad – Respiradores purificadores de aire de presión negativa contra partículas nocivas - Especificaciones y métodos de prueba, propone en su Guía de referencia III, los protocolos de pruebas cualitativas y cuantitativas para evaluar el ajuste de los respiradores contra partículas; sugerimos revisar esta información.

Finalmente, es importante verificar que los dispositivos de protección respiratoria que se adquieran cuenten con la contraseña de cumplimiento con la NOM-116-STPS-2009. Cabe señalar que en la liga de internet que se muestra a continuación, puede ingresarse a un sitio establecido por el organismo de certificación Normalización y Certificación NYCE, S.C., en el que aparecen los nombres de las empresas y productos que se han certificado conforme a la NOM-116-STPS-2009.


Fuente:
Dirección General de Previsión Social.

Subdirección de Promoción de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo.