NOM-036-1-STPS-2018
Titulo
Factores de riesgo ergonómico en el Trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1: Manejo manual de cargas.
Estatus y acciones
- La NOM-036-1-STPS-2018, entró en vigor a partir del 2 de enero de 2020.
- Los numerales 5.1; 8.3, inciso b), numeral 2; 8.4; 8.5, así como el Capítulo 7, entran en vigor a partir del 31 de marzo de 2024.
- Las medidas de control que se hayan emitido en el 2020, a que se refieren los numerales 8.6 y 8.7, deberán ajustarse conforme a lo dispuesto en este artículo
- La DGPS emitió oficio circular a los organismos de evaluación de la conformidad aprobados para que gestionen la actualización de su aprobación o soliciten ampliación de cobertura.
- Recibir las actualizaciones de las listas y guías de verificación de los organismos privados aprobados para realizar actos de evaluación de la conformidad con la NOM-036-1-STPS-2018.
- Oficio o comunicación oficial a las empresas que cuentan con compromiso voluntario en el PASST, y que les aplica la NOM-036-1-STPS-2018, para que tomen conocimiento y previsiones para el ajuste de su sistema de administración de la seguridad y salud en el trabajo.
- Análisis de los factores de riesgo ergonómico debido al manejo manual de cargas.
- Medidas generales de seguridad, para el levantamiento y transporte de cargas de manera manual, que contemple entre otras:
• La supervisión de que se realicen en condiciones seguras;
• Mantener las áreas de tránsito y de trabajo libres de obstáculos;
• Conservar orden y limpieza en el lugar de trabajo; y
• Proporcionar la ropa y el equipo de protección personal requerido. - Prohibición de que las mujeres en estado de gestación, y durante las primeras 10 semanas posteriores al parto, realicen actividades de manejo de materiales de forma manual que impliquen cargas de más de 10 kg, posturas forzadas, o movimientos repetitivos por periodos prolongados, que impliquen esfuerzo abdominal o de miembros inferiores.
- Para levantar y/o bajar cargas, las personas trabajadoras no deben rebasar:
Dirección General de Previsión Social.
Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Subdirección de Coordinación Interinstitucional..